“Elige un trabajo que te guste y no tendrás que trabajar ni un día de tu vida”. Seguro que has escuchado esa frase de Confucio en más de una ocasión, pero es que, si además de trabajar en lo que te gusta, le añades un buen ambiente laboral, el levantarse temprano cada mañana para trabajar solo será una lata para Luis Aguilé.
Y cómo puedes generar un buen ambiente de trabajo en tu oficina, pues hay muchas maneras, pero desde finales del pasado año, existe ya hasta una ley que lo vigila y que incluso se encarga de regular las malas prácticas en la empresa. Estamos hablando de la Ley 2/2023 reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Y cómo lo regula, pues a través de la creación de un Canal de denuncias de la empresa. Sigue leyendo, que te contamos todo lo que debes saber al respecto.
Ley 2/2023, todo lo que necesitas saber
El pasado 29 de septiembre se publicaba en el BOE la Ley 2/2023 antes mencionada, con el objetivo de proteger a las personas que denuncian prácticas corruptas o ilegales que se estén produciendo dentro de las empresas u organizaciones. Además, la nueva ley que incluye cuestiones específicas en materia de protección de datos.
Todas las empresas, con más de 50 empleados, deben contar con un canal de denuncias para que los trabajadores puedan informar de cualquier infracción normativa o conducta corrupta que hayan detectado. La norma obliga a esta medida porque considera que es preferible que esa información sensible se conozca por la propia organización para corregirlas o repararlas.
Además, el canal debe ser accesible para los trabajadores de la empresa y también para personas relacionadas con la organización como proveedores, ex trabajadores, autónomos subcontratados o pasantes.
En definitiva, desde el pasado 1 de diciembre todas las empresas, bajo estos requisitos, deberán tener implementado su canal de denuncias:
- Que tengan más de 50 trabajadores.
- Partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones, siempre que reciban o gestionen fondos públicos.
- Que entren en el ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente.
Sanciones por no cumplir con el canal de denuncias obligatorio
Las empresas que no cumplan con la obligación de contar con un canal de denuncias, o que no adopten medidas para garantizar la protección de los denunciantes, se enfrentarán a sanciones que pueden ir desde multas económicas hasta la disolución de la sociedad.
En concreto, las sanciones pueden oscilar entre los 10.000 y 600.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción y del tamaño de la empresa. Además, en caso de no garantizar la protección de los denunciantes o de no tomar medidas para evitar represalias, también pueden ser sancionadas con multas que van desde los 10.000 hasta los 300.000 euros.
Además de las sanciones económicas, la ley también contempla la posibilidad de imponer otras medidas, como la suspensión de contratos o la disolución de la sociedad. Por lo tanto, es fundamental que las empresas cumplan con la normativa y garanticen la protección de las personas, que, en definitiva, son sus trabajadores y deben velar por ellos.
Formación para adaptarse a la nueva normativa
Si quieres conocer al detalle en qué consiste esta nueva Ley y cómo puedes aplicar de la mejor manera el Canal de denuncias en tu empresa, Innovación y Cualificación te lo pone fácil.
Hemos creado un nuevo contenido, tanto en modalidad online como presencial, Canal de denuncias de la empresa. Ley 2/2023, con el que podrás analizar el nuevo sistema de información de infracciones regulado en dicha Ley.
Se trata de un contenido, ubicado en la modalidad de Capacitación Profesional, que permitirá comprender las normas integrales por las que se rige el Sistema Interno de Información que la empresa ha de implantar, descubrir las características principales de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A. A. I.), conocer los derechos del informante y el funcionamiento del canal externo de información, analizar la normativa sobre protección de datos personales en el ámbito de los canales de información y conocer el régimen sancionador de los canales de denuncias.
En definitiva, si te interesa solicitar este contenido para tu centro o sigues teniendo dudas sobre el mismo, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Te aclararemos todo al respecto.
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