centro de formación homologado fundae

¿Puede tu centro impartir cursos de formación bonificados?, quédate por aquí te daremos toda la información necesaria para saber qué requisitos FUNDAE hay que cumplir para homologar un centro de formación.

¿Cómo dar de alta a un centro de formación en el registro estatal de entidades de formación?

Para ofrecer cursos de formación, es imprescindible que el centro de formación esté inscrito. La inscripción debe realizarse previamente a la impartición de la formación, la inscripción se puede hacer online siguiendo estos pasos:

  1. Tener un Certificado de persona física o jurídica.
  2. Acceder al siguiente enlace de la web de registro de Fundae / empresas: Aquí, deberás tener un certificado digital o Cl@ve
  3. Hacer clic en: Inscripción sin especialidad
  4. Cumplimentar la declaración responsable e informar de las áreas profesionales en las que quieres impartir formación.

Una vez inscrita la entidad o centro de formación, deberá estar obligada a:

  • Someterse a inspecciones y auditorías de calidad.
  • Comunicar cualquier cambio que implique modificación de titularidad o forma jurídica.

Esta inscripción es para poder dar formación no conducente a Certificados de Profesionalidad, si la entidad quiere dar formación acreditada ante la autoridad competente, el centro además deberá estar acreditado y formar parte de La Fundación Tripartita(FUNDAE).

¿Qué documentos son necesarios presentar?

  • Para acciones formativas no basadas en el catálogo de especialidades formativas/formación no reglada: copia de la declaración responsable.
  • Para acciones formativas basada en el catálogo de especialidades formativas: copia de la acreditación o inscripción en la especialidad por el Servicio de Empleo competente.

Centros: Requisitos para dar cursos de formación bonificada

  1. Las empresas con trabajadores asalariados que cotizan por formación profesional pueden programar acciones formativas para mejorar la formación de sus trabajadores.
  2. Formar parte de Fundae: La impartición de la formación se realizará por una entidad formativa acreditada y/o inscrita en el registro de entidades de formación habilitado por la Administración pública. (Art. 9.3 Ley 30/2015, de 9 de septiembre).

Impartir formación sin estar acreditadas o, en su caso, sin haber presentado la declaración responsable de acuerdo con la normativa específica, se considera una infracción labora MUY GRAVE con sanciones económicas entre 6.251 € y 187.515 €.

¿Qué tipo de formación se puede bonificar?

Se podrán bonificar todas las acciones formativas que guarden relación con la actividad empresarial. Es decir, un trabajador que trabaje en el departamento de administración, deberá realizar un curso relacionado con su puesto de trabajo, no podrá solicitar un curso de jardinería por poner un ejemplo.

La duración, contenidos y requisitos de impartición de las acciones formativas serán los que determinen las propias empresas.

Las acciones formativas pueden ser presenciales u online (o una combinación de estas dos modalidades) y deben tener una duración mínima de 2 hora para ser bonificables.
El contenido de la acción formativa tiene que estar relacionado con el puesto de trabajo del trabajador.

Requisitos mínimos que exige FUNDAE para los contenidos formativos

  • Modalidad: Las acciones formativas pueden ser presenciales u online (o una combinación de estas dos modalidades)
  • Duración: El curso debe tener una duración mínima de 2 horas para ser bonificables.
  • Contenido del curso: El contenido de la acción formativa tiene que estar relacionado con el puesto de trabajo del trabajador.

¿Cómo ser tutor/formador de formación bonificada?

Para impartir cursos NO conducentes a certificado de profesionalidad

Serán los siguientes:

  • Formación relacionada con la materia a impartir.
  • Experiencia de impartición de formación (presencial).

En el caso de que la acción formativa sea online, los tutores deberán acreditar:

Una formación de al menos 30 horas o experiencia en esta modalidad y en la utilización de las tecnologías de la información y comunicación.

Para impartir cursos conducentes a certificado de profesionalidad

Si el curso es conducente a Certificado de Profesionalidad, el tutor deberá estar acreditado como formador de Formación para el Empleo en modalidad presencial superior a 600 horas. Si no tiene dicha experiencia deberá tener la siguiente titulación:

  • Máster del Profesorado, CAP, Magisterio, Psicología, Psicopedagogía o Pedagogía, título de Formador Ocupacional, o Certificado de Profesionalidad de Docencia de la Formación Profesional para el Empleo SSCE0110 (este título es el que sustituye al formador de formadores).
  • Estudios superiores relacionados con la materia a impartir.

Estos requisitos son para los Certificados de Profesionalidad en modalidad presencial, si desea impartir en modalidad online, además deberá acreditar experiencia docente en dicha modalidad o tener el título de Tutor-formador para Certificados de Profesionalidad en teleformación con una duración igual o superior a 30 horas.